Decreto Nº 3901-2021

Prorróganse los contratos previstos en el artículo 6 de la Ley Nº 1279.[1]

 

 

Estado de la norma: VIGENTE

Publicado en B.O. 3491 del 05-11-21.-

Dictado el 05-11-21.-

Operador del Digesto: M.L.E.-

 

 

Artículo 1°.-PRORRÓGANSE desde la fecha del presente y hasta el 31 de marzo de 2022, los contratos previstos en el artículo 6° de la Ley N° 1279, para  el  personal  Rama  Profesional, Enfermería, Técnica  y Servicios  Generales  y  Mantenimiento,  dispuesto  en  el marco del artículo 8° del Decreto N° 521/20, ratificado por Ley N° 3214.



[1] Nota: Título dado por el Digesto.