Decreto Nº 3901-2021
Prorróganse los contratos previstos
en el artículo 6 de la Ley Nº 1279.[1]
Estado de la norma: VIGENTE
Publicado en B.O.
3491 del 05-11-21.-
Dictado el 05-11-21.-
Operador del Digesto:
M.L.E.-
Artículo 1°.-PRORRÓGANSE desde
la fecha del presente y hasta el 31 de marzo de 2022, los contratos previstos
en el artículo 6° de la Ley N° 1279,
para el
personal Rama Profesional, Enfermería, Técnica y Servicios
Generales y Mantenimiento, dispuesto
en el marco del artículo 8° del
Decreto N° 521/20, ratificado por Ley N° 3214.